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miércoles, 30 de mayo de 2012

Unidad Legislación Educativa 2da. Clase


UPEL
VICERRECTORADO DE EXTENSIÓN
COORDINACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL
DE EXTENSIÓN ACADÉMICA
UNIDAD DE LEGISLACIÓN EDUCATIVA




CLASE DICTADA POR EL PROFESOR FREDDY GONZÁLEZ COLMENARES, EL SÁBADO 19-MAYO-2012




Comenzamos la clase haciendo la presentación de los 11 puntos o preguntas que sobre la Ley Orgánica de Educación , 15-Ago-2009, el profesor nos había indicado que investigáramos al final de la clase anterior, la del sábado 12 de mayo 2012:

1.      Qué es educación:
2.      Ámbito de aplicación. Fines.
3.      El Estado Docente. Garantiza, Supervisa, Controla, Planifica, Evalúa
4.      Educación laica:
5.      Corresponsabilidad de la educación:
6.      Comunidad Educativa
7.      Sistema educativo
8.      El continuo humano
9.      Desarrollo endógeno
10.  Las Misiones
11.  Escuelas y liceos bolivarianos. Escuelas técnicas robinsonianas

El profesor fue escogiendo los alumnos y cada alumno escogía el tema que  era de su preferencia.

Durante las presentaciones de los alumnos el profesor dio algunos consejos:
·         No angustiarse: estamos entre amigos.
·         Respirar hondo, para calmarse.
·         Mirar a todos los estudiantes del salón.
·         De escribir en la pizarra, no mezclar mayúsculas con minúsculas.
·         No gesticular demasiado.
·         Mantener el tono de voz: no disminuirlo con el paso del tiempo.
·         Cuidado con el exceso de voz.

Luego de las presentaciones de los alumnos el profesor volvió a explicar los 11 puntos arriba indicados. Su explicación fue muy práctica, mucho menos conceptual de lo que nosotros nos habíamos preparado. El profesor siguió dando algunos consejos:
·         Al planificar, como profesores, la materia, dejar una holgura de una semana, para cubrir imprevistos.
·         El docente debe ser líder. Hay tres tipos de líder
o   Democrático
o   Autocrático
o   Laisser faire, dejar hacer
El docente aplicará según las oportunidades, uno de cada tipo de liderazgo.
·         El docente debe preocuparse si la mayoría de sus alumnos no pasa. Algo no esta funcionando y debe ser mejorado.

Con esto culmino la mañana.

En la tarde pasamos a estudiar el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente. 31-Oct-2000. Volvimos a hacer grupos de máximo seis personas, para responder las preguntas planteadas por el profesor:

1.      Ámbito del Reglamento y Aplicación:

Art. 1º: Ámbito: Normas y procedimientos para regular el ejercicio de la profesión docente:
o   Ingreso, reingreso, retiro
o   Estabilidad, ascenso
o   Remuneración, perfeccionamiento
o   Licencias, jubilaciones
Art. 3º: Aplicación: A los que ejerzan la profesión docente en:
o   Enseñanza, orientación
o   Investigación, Evaluación,
o   Dirección, supervisión y administración.

2.      Deberes y Derechos del Docente
Art. 6º Deberes:
o   Conducta ética, moral y buenas costumbres.
o   Cumplir las actividades pautadas en los Planes de estudio
o   Planificar el trabajo docente y rendir información
o   Cumplir con disposiciones pedagógicas, administrativas.
o   Cumplir con las actividades de evaluación.
o   Asistir a Actos Académicos y de trabajo que fuese convocado.
o   Orientar y asesorar a la Comunidad Educativa.
o   Contribuir a elevar el nivel de los miembros de la institución.
o   Integrar juntas o comisiones a que fuese designado.
o   Respeto y trato afable.
o   Velar por buen uso de ambientes de trabajo, materiales.
o   Coadyuvar en el buen orden, disciplina de la comunidad educativa.
o   Promover campañas de conservación del ambiente.
Art. 7º, 8º Derechos:
o  Desempeñar función docente con carácter ordinario o interino.
o  Participar en concursos para ingresar como docente ordinario, ser promovido. Participar en cursos mejoramiento. Recibir honores.
o  Ambiente de trabajo acorde con su función docente. Asociarse en agrupaciones académicas, gremiales y sindicales.
o  Información de todas las actividades de su comunidad educativa. Los 2 primeros años serán en fronteras, rural o localidades designadas.
o  Recibir puntualmente su remuneración. Y las diferencias de sueldo, cuando ocupe, temporalmente, una mayor jerarquía.
o  Sistema de previsión y asistencia social. Jubilación y pensión. Reconocimiento de hasta 6 años de docencia, no simultanea, en Institutos Privados, y viceversa.
o  Participar en la planificación y ejecución de las actividades de la Comunidad Educativa.
o  Justificar su inasistencia: tiene 15 días para presentar justificativo. Solicitar licencias y traslados.

3.      Jerarquías y Categorías.
o  Art. 16º al 20º. Jerarquías: Cargos de la organización administrativa:
§  Docente de Aula. Puede llegar desde docente I hasta Docente VI.
§  Docente Coordinador: Coordinador de seccional, de Departamento, etc. Son docentes de nivel III.
§  Docente Directivo y Supervisor: Sub-Director, Director y Supervisor.
Son docentes de nivel IV, V y VI.

o   Docente Supervisor:
o   Art. 16 y 21º.Categórías: Grado alcanzado dentro de la organización administrativa.
§  Docente I: Docente de aula.
§  Docente II: Docente de aula.
§  Docente III: Docente de aula. Docente Coordinador.
§  Docente IV: Docente de aula. Sub-Director.
§  Docente V: Docente de aula. Director.
§  Docente VI: Docente de aula. Supervisor.

4.      Dedicación de los Cargos.
Art. 27º Dedicación es el tiempo asignado.
o    Tiempo Completo: 36 horas docentes semanales.
o    Medio Tiempo: 18 horas docentes semanales.
o    Tiempo integral Diurno: 5 jornadas semanales de 5 horas/día de 60 min.
o    Tiempo integral Nocturno: 5 jornadas semanales de 5 horas docentes/día.
o    Tiempo Convencional: Carga horaria semanal variable.

Hora docente: 45 min.


5.      Régimen de Licencias. Tipos de Licencias. Licencia Sabática. Comisión de Servicio.

Art. 106. Licencia: Permiso para no concurrir a las labores por causa justificada y tiempo determinado. No interrumpe la antigüedad de servicio ni los requisitos de escalafón. Se considera nulo si hubo mala intención o falsedad.

Art. 111. Tipos: Obligatorias, Potestativas y especiales. Pueden ser remuneradas o no.

o   Obligatorias remuneradas:
§  Enfermedad y accidente. Por el lapso de recuperación. De parientes 1er grado y cónyuge: 15 días y 20 días si es fuera del país.
§  Matrimonio. 8 días hábiles.
§  Nacimiento. Se rige por nueva LOTTT.
§  Comparecencia obligatoria ante autoridad. Por el tiempo necesario.
§  Estado de Gravidez. Se rige por nueva LOTTT.
§  Adopción legal. Hasta que el niño 12 semanas.
§  Siniestro de bienes. A juicio de autoridad.
§  Eventos Deportivos. Por el tiempo requerido. No más de 90 días/año.
§  Requerido para Eventos científicos culturales. Por tiempo necesario.
§  Fallecimiento de ascendentes, descendientes o cónyuge. 5 días y 7 días en el extranjero.

o   Art. 112. Obligatorias no remuneradas:
§  Cargos representación popular.
§  Acompañar cónyuge en cargos diplomáticos.
§  Miembros directivas Regionales/nacionales sindicales.
§  Becas de Postgrado.

o   Art. 113. Potestativas. Remuneradas o no.
§  Estudios de perfeccionamiento.
§  Acompañar cónyuge estudios en el exterior. Hasta 3 años.
§  Conferencias y congresos.
§  Postgrado. Maestría 2 años. Postgrado 3 años.
§  Investigación pedagógica.
§  Requeridos por cualquier organismo en virtud de convenios o acuerdos.
Art. 114, 117 y 118. Licencia Sabática: Licencia no remunerada hasta por 1 año, cada 7 años de servicio. Para otorgarlo criterios de antigüedad, méritos profesionales y la presentación de proyecto de estudio o investigación. No se podrá ejercer actividades remuneradas.
Art. 126. Comisión de Servicio: misión especial ordenada por Organismo competente. El tiempo de Comisión es computable a todos los efectos. Igual remuneración salvo viáticos. Cuando es el caso de suplir ausencias temporales, será por el término de aquella, en caso de vacante definitiva, hasta por 3 meses.

6.      Traslado del Personal Docente.
Art. 133. El traslado es el cambio de un profesional de la docencia de una dependencia a otra, para cargo docente de aula con la misma dedicación y categoría. Se realizan por:
o   Art. 135. Solicitud del Docente: motivos de salud, necesidad grupo familiar, otro justificado.
o   Art. 136. Cambio entre docentes: No en los 3 últimos meses del año escolar.
o   Art. 138. Necesidades de Servicio: Reorganización o eliminación de planteles.

7.      Régimen disciplinario del personal docente. Faltas. Amonestaciones escritas.

Art. 143. El incumplimiento de deberes acarrea sanción. El personal docente está obligado a comunicar a la autoridad correspondiente los hechos que merezcan sanción.

o   Faltas:
§  Art. 150. Graves:
·         Castigos corporales
·         Manifiesta negligencia.
·         Abandono del cargo.
·         Inasistencia e incumplimiento reiterado de las evaluaciones.
·         Conducta contraria a la ética profesional y la moral.
·         Violencia de palabra o hecho.
·         Coadyuvar a la comisión de faltas graves.
·         Inasistencia injustificada 3 días hábiles o 6 turnos en 1 mes.
·         Amenazas a la estabilidad de educadores, siendo directivos o supervisores.
§  Art. 151. Leves:
·         Retardo reiterado en el cumplimiento del horario.
·         Inasistencia injustificada por 2 dias hábiles en el mes.
·         Incumplimiento de atención a la comunidad educativa.
·         Incumplimiento reiterado de planificación, desarrollo de enseñanza, mantenimiento de aulas.

o   Art. 156. Amonestaciones escritas. Represión escrita al docente objeto de sanción. Se producen cuando:
§  Art. 157. Inasistencia injustificada de 1 dias o 2 turnos en 1 mes.
§  Inasistencia injustificada de 2 dias en 6 meses o 3 dias en 1 año.
3 amonestaciones escritas en 1 año son causales de separación del Cargo.

o   Art. 159 Destitución. Separación definitiva del cargo  con inhabilitación de 3 a 5 años.

o   Art. 160. Separación del Cargo: separación temporal del ejercicio, sin remuneración ni consideración del tiempo.

8.      Instrucción de expedientes.

Art. 171. Si de acuerdo a la gravedad un docente amerite la separación, destitución o inhabilitación, las autoridades (desde el Min. De Educación, Director general, Jefe Zona Educativa, Supervisor jefe o director) ordenarán averiguación administrativa inicial. A realizarse en 30 días hábiles.

Se elaborará expediente foliado en letras y números con las declaraciones del docente, las actuaciones practicadas y material probatorio, incluyendo conclusiones.

De ser el caso el Jefe de Zona Educativa ordenará la emisión del Acta de Proceder. El director del plantel, Supervisor, Jefe de Distrito, Director de Zona o de Educación emitirá el Acta de Proceder, con los elementos de juicio.

La Comisión Regional de estabilidad citará al docente y a los testigos: si hubiese méritos emitirá boleta de citación para que el docente conozca de su presunta participación. La citación es personal, en su trabajo o domicilio.

Auto de apertura del Lapso probatorio: el investigado puede promover las diligencias necesarias.

Acto de Informe: Interesado  consigna escritos con conclusiones y análisis.

Acta final, levantada por Instructor Especial, resumen de todas las circunstancias y constancia de su opinión. Informe final que se envía a la consultoría Jurídica del M.E.

9.      Egreso y reingreso de profesionales de la docencia.

Art. 188. Egreso:
o   Renuncia escrita del funcionario
o   Invalidez o jubilación.
o   Separación del Cargo, destitución o inhabilitación.
o   Renuncia tácita.

Art. 194. Reingreso:
Pueden reingresar si egresaron por renuncia o invalidez, previo cumplimiento de las normas establecidas para el ingreso a la carrera docente (desde cero).

Serán evaluados a fin de establecer su reubicación en la tabla de posiciones.


El profesor recogió las respuestas escritas de los grupos para ser evaluadas por él.

Procedió a preguntar a varias personas sobre las respuestas así elaboradas.

Luego pasamos a estudiar la Ley del Estatuto de la Función Pública, 06-Sep-2002, pero esta vez, contestando individualmente las preguntas que el profesor escribió en el pizarrón:

1.      Ámbito de aplicación. Excepciones.
Art. 1. Ámbito: rige las relaciones de empleo entre funcionarios y administraciones públicas.
Excepciones: los funcionarios que laboran en:
o   Poder Legislativo
o   Servicio exterior.
o   Poder Judicial.
o   Poder Ciudadano.
o   Poder Electoral.
o   Obreros.
o   Procuraduría General de la Rep.
o   Seniat.
o   Universidades

2.      Concepto de Funcionario Público.
Art. 3. Persona natural que por nombramiento de autoridad ejerza función pública en el poder ejecutivo nacional.

3.      Principales funciones de la Oficina de RRHH.
o   Art. 10. Ejecutar decisiones de funcionarios encargados gestión pública.
o   Elaborar y ejecutar Plan de Personal.
o   Informar sobre la ejecución del Plan de Personal.
o   Dirigir aplicación de procedimientos de administración de personal.
o   Dirigir programas de capacitación.
o   Dirigir procesos de evaluación.
o   Organizar concursos para ingreso o ascenso.
o   Instruir expedientes.

4.      Requisitos de Funcionario Público.
o   Art. 17. Venezolano.
o   Mayor de 18 años.
o   Título de educación media diversificada.
o   No interdicción civil o inhabilitación política.
o   No ser jubilado o pensionado. Salvo cargos de alto nivel. Jubilación suspendida.
o   Los requisitos del cargo.
o   Cumplir con procedimiento de ingreso.
o   Declaración jurada de bienes.


5.      Artículo 34 numeral 1
Prohibido a los funcionarios públicos: celebrar contratos con la República, los estados municipios, personas jurídicas de derecho público o derecho privado estadal. Por si mismos, por personas interpuestas o en representación de otros.

6.      Incompatibilidad de Cargos.
Art. 35. Sólo se puede  ejercer un cargo público remunerado. Excepción: cargos académicos, accidentales, asistenciales o docentes. Esto se hará sin menoscabo de los deberes.

7.      Artículo 39
“En ningún caso el contrato podrá constituirse en una vía de ingreso a la Administración Pública”.

8.      Retiro de la Administración Pública.
Art. 78.
o   Por renuncia escrita.
o   Pérdida de la nacionalidad.
o   Interdicción civil.
o   Jubilación, invalidez
o   Reducción de personal.
o   Por causal de destitución

9.      Responsabilidades
Art. 79. El funcionario tiene Responsabilidad penal, civil, administrativa y disciplinaria por los delitos o faltas que cometiere. El funcionario obligado a sancionar que no lo haga será a su vez sancionado.

10.   Régimen disciplinario. Amonestaciones. Destituciones.
Art. 82. Son sanciones disciplinarias:
o   Amonestación escrita:
§  Negligencia en el cumplimiento de deberes.
§  Perjuicio material a los bienes.
§  Falta de atención al público.
§  Irrespeto.
§  Inasistencia injustificada durante 2 días hábiles en lapso de 30 días.
§  Campaña o propaganda proselitista.
§  Recomendar personas para obtener beneficios.
Se avisará al funcionario el hecho que se le imputa y tendrá 5 días para sus alegatos. Cumplido lo anterior el supervisor  emitirá informe y si es el caso emitirá sanción escrita indicando el recurso que pudiese intentarse y la autoridad que deba conocer del mismo.
El recurso jerárquico se intentará en los 15 días, de la amonestación escrita.

o   Destitución:
§  3 amonestaciones escritas en 6 meses.
§  Incumplimiento reiterado de los deberes.
§  Decisiones ilegales o causantes de graves daños al interés público.
§  Desobediencia al supervisor inmediato. Salvo infracciones legales.
§  Incumplimiento de servicios mínimos acordados en caso de huelga.
§  Falta de probidad, conducta inmoral.
§  Arbitrariedad en el uso de autoridad.
§  Perjuicio material
§  Abandono injustificado por 3 días en 30 días.
§  Condena penal por parte de la Contraloría general de la Rep.
§  Solicitar o recibir dinero valiéndose de su condición.
§  Revelar asuntos confidenciales.

El profesor dejó, para que preparáramos las respuestas, las siguientes preguntas, relativas a la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, 01-Julio-1981. Hay que llevar las respuestas para el próximo sábado. El llamará a los alumnos que vaya a exponer las respuestas, que serán obtenidas mediante sorteo.

1.      Ámbito de Aplicación.
2.      Silencio Administrativo Negativo.
3.      Acto Administrativo. Clasificación. Jerarquía.
4.      Características del Acto Administrativo.
5.      Nulidad de Actos Administrativos.
6.      Inhibiciones.
7.      Notificación de Actos Administrativos.
8.      Revisión de Actos Administrativos.
9.      Recurso de reconsideración y jerárquico

 Para el próximo sábado veremos la LOTTT y Reglamento, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, una ley que no copié y la LOPNNA.

martes, 29 de mayo de 2012

Cuestionario sobre la Ley Orgánica de Educación


UPEL
Vicerrectorado de Extensión
Coordinación del Programa Nacional de Extensión Académica
Diplomado de Docencia Universitaria
Unidad de Legislación Educativa
Sede Instituto Alberto Adriani








Cuestionario sobre la Ley Orgánica de Educación. 15-Ago-2009





















Ulises Antonio Pardi Valero                                                            Profesor Freddy González Colmenares.



1.     Qué es educación:

La palabra educación proviene del latín educatio, derivado de educare, formado por el prefijo ex ‘fuera’ y el verbo ducere ‘guiar’.
Desde el punto de vista individual, educación es un proceso de transmisión de contenidos que busca desarrollar todas las potencialidades de un individuo.
Desde una óptica social, es el medio a través del cual los objetivos y hábitos de un grupo de personas pasan de una generación a otra.  Siendo asi un proceso de socialización de los individuos.

Sin embargo la educación está definida por la misma Ley Orgánica de Educación en su artículo 14, cuando dice que es un proceso de formación integral que promueve
·         la construcción del conocimiento,
·         la valoración del trabajo,
·         los derechos humanos y
·          la formación de republicanos.

2.     Ámbito de aplicación. Fines.

2.1.    La Ley Orgánica de Educación (LOE) se aplica, en lo relativo a la materia y competencia educativa a:
·         En general: A toda la Sociedad
·         En particular:
o   Personas naturales y jurídicas
o   Instituciones y Centros Educativos oficiales dependientes del Ejecutivo Nacional, del Poder Estadal, Municipal y entes descentralizados.
o   Instituciones educativas privadas.

2.2.    Fines: el artículo 15 de la Ley Orgánica de Educación establece nueve fines de la educación:
·         Desarrollar el potencial creativo de cada ser humano.
·         Desarrollar una cultura basada en la participación y la democratización del saber.
·         Formar ciudadanos con conciencia de nacionalidad y soberanía.
·         Fomentar el respeto a las personas.
·         Impulsa la conciencia ecológica.
·         Formar para el trabajo social liberador.
·         Impulsar la integración latinoamericana y caribeña.
·         Desarrollar la capacidad de abstracción y el pensamiento crítico.
·         Desarrollar la conciencia para alcanzar la felicidad social por medio de un modelo incluyente y de producción social y endógeno.

3.     El Estado Docente. Garantiza, Supervisa, Controla, Planifica, Evalúa

En el proceso histórico que condujo a la aparición de sociedades basadas en el estado Moderno se desarrollo la tesis del Estado Docente. Ésta es una doctrina en la cual el Estado asume la rectoría del proceso educativo, bajo el principio de que el Estado representa el legítimo interés de la nación, y donde la educación se rige por los valores y normas de convivencia de la sociedad. En este sentido, el estado asume la dirección del proceso educativo como garantía  del desarrollo social y de sus instituciones fundamentales.

En Venezuela el concepto de Estado Docente está íntimamente relacionado con la recreación que hizo del mismo el Dr. Luis Beltrán Prieto Figueroa. Parte del supuesto de que todo Estado responsable y con autoridad real asume la orientación general de la educación de la nación en tanto que en un contexto democrático es expresión        de la misma sociedad. En una sociedad democrática, estos fines generales de la educación no deben responder a los intereses de selectos grupos particulares, laicos y/o religiosos con un evidente poder social, sino al interés de las mayorías, de la nación. Así, el Estado, en tanto que represente a los intereses generales de la nación no debe renunciar a esa función esencial ni delegarla en una organización(es) privada(s), sea laica o religiosa pues, como suele suceder, dicha organización privada atiende más a sus intereses particulares o corporativos no necesariamente coincidentes con los de la nación.
 
El artículo 5 de la Ley Orgánica de Educación trata expresamente del Estado Docente y dice:
·         Cuando el Estado ejerce su rectoría en educación se da el Estado Docente.
o    como derecho humano,
o    como deber social
o    como servicio público: se materializa en políticas educativas.
·         Principios del Estado Docente:
o    Integridad
o    Cooperación
o    Corresponsabilidad
·         El Estado Docente garantiza en las Instituciones del Estado (y asegura su cumplimiento en las instituciones privadas):
o    Idoneidad de los trabajadores de educación
o    La Infraestructura y equipamiento
o    Planes, actividades y servicios que aseguren igualdad de condiciones y la promoción de la participación.
El Estado Docente al ejercer la rectoría del sistema educativo ejecuta los siguientes aspectos:
3.1.      Garantiza:
a.             Derecho a una educación integral, permanente, de calidad para todos.
b.            Gratuidad en las instituciones oficiales hasta el pregrado universitario.
c.             Acceso al Sistema Educativo a
·                    las personas con necesidades especiales,
·                   a los privados de libertad y
·                   a los usuarios del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes.
d.            Las misiones educativas
e.            La continuidad de las actividades educativas
f.              Servicios de orientación, salud, deporte, cultura.
g.              
·                   Articulación entre educación y medios de comunicación y
·                    mediación entre familia, escuela y comunidad.
h.            Uso de idioma castellano en general y uso paritario del castellano y lenguas indígenas en la modalidad educativa indígena.
i.              Condiciones laborales dignas.
j.              Prohibición del cobro de matrícula y servicios administrativos.
k.             Prohibición de retener la documentación académica personal, el cobro de intereses por insolvencia de pago u otras medidas violatorias del derecho a estudiar y la integridad.
l.              Respeto a los Símbolos Patrios, a Simón Bolívar y valores nacionales.

3.2.      Regula, supervisa, controla:

a.             Establece mecanismos para exigir la obligatoriedad de la educación.
b.            Funcionamiento de la educación universitaria
·                   Administración de patrimonio y recursos
·                   Normas de gobierno: principio democracia participativa
c.             La educación en
·                   la doctrina Bolivariana,
·                   el idioma castellano,
·                   historia y geografía de Venezuela y en el ambiente, en todos los institutos hasta la educación media general y técnica.
·                   Inclusión de
o         actividad física,
o          artes,
o         cultura,
o         agroecología,
o         comunicación y
o          salud.
d.            La creación y funcionamiento de toda institución educativa y la idoneidad de las personas para fundar y mantener esas instituciones.
e.            Calidad de la infraestructura educativa.
f.              Los procesos de ingreso, permanencia y ascenso de todos los profesionales de la educación.
g.             La gestión de centros educativos con la                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                          participación de toda la comunidad educativa.
h.            La idoneidad académica de los profesionales de la docencia de la educación básica.

3.3.      Planifica, ejecuta, coordina políticas y programas:

a.        De formación y su incorporación al trabajo.
b.       Para la inserción productiva de egresados universitarios de acuerdo al Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.
c.        De territorialización de la educación universitaria.
d.       De desarrollo integral de ciudadanos.
e.       Para alcanzar un modelo de escuela abierto.
f.         De registro y evaluación de edificaciones educativas.
g.        De actualización permanente del currículo nacional, textos escolares y recursos didácticos.
h.       Para la acreditación de conocimientos por experiencia.
i.         Que desarrollen el proceso educativo.
j.         La creación de una administración educativa eficiente.
k.        De formación permanente para docentes.
l.         De ingreso de estudiantes a las instituciones de educación universitaria.
m.      De evaluación estadística de la población estudiantil
n.       De educación en materia cultural.

4.     Educación laica:

En el catolicismo, un laico es aquel fiel que no es miembro del clero ni a ninguna orden religiosa. En otro ámbito de ideas, Estado laico  se denomina al Estado independiente de cualquier organización o confesión religiosa     y en el cual las autoridades políticas no se adhieren públicamente a ninguna religión, ni las creencias religiosas influyen sobre la política nacional.
El artículo 7 de la Ley Orgánica de Educación establece la educación laica:
En materia educativa el Estado preserva su independencia frente a corrientes y organismos religiosos. Y señala que la educación religiosa compete a las familias de acuerdo a  sus convicciones.

5.     Corresponsabilidad de la educación:

La corresponsabilidad es sencillamente la responsabilidad compartida. En el Capítulo II de la Ley Orgánica de Educación señala quienes son corresponsables de la educación:

5.1.    Las familias: Como deber y derecho en la orientación de valores que cultiven
·         el respeto,
·         amor,
·         honestidad,
·         tolerancia,
·         participación,
·         independencia.
La familia, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el desarrollo de sus integrantes.
5.2.    Las Organizaciones comunitarias deben contribuir en la formación de los ciudadanos:
·         Valores éticos,
·         Información sobre la realidad de la localidad,
·         Integración de la familia – escuela – comunidad.
·         Promoción de los deberes y derechos para la formación de ciudadanía con responsabilidad social.
5.3.    El Estado: El Estado, específicamente en la educación básica, dirige el proceso educativo estimulando la participación comunitaria en la gestión educativa, bajo el principio de corresponsabilidad.
5.4.    La Comunidad educativa: es un espacio democrático, organizado y solidario que actúa en la educación ciudadana.
·         Conformada por padres y representantes, estudiantes, docentes, todos los trabajadores de las instituciones educativas y los demás que tengan vinculación con dichas instituciones, desde la educación inicial hasta la media general y media técnica.
·         Se regirán por normativa legal.
5.5.    Organizaciones del estudiantado: Consejos estudiantiles u otras formas organizativas que participa junto con la comunidad educativa en los diferentes proyectos educativos, formando ciudadanos mediante la participación.
5.6.    Empresas públicas y privadas: están obligadas a contribuir con los trabajadores en su formación y mejoramiento profesional y a cooperar con las actividades educativas, recreativas, culturales de su comunidad. También deben colaborar en programas de formación para el trabajo, planes de pasantía desde educación media hasta postgrado.
5.7.    Las empresas constructoras: están obligadas a construir planteles en los desarrollos habitacionales, de acuerdo a lo especificado en la Ley.

6.     Comunidad Educativa

Comunidad escolar es el conjunto de personas que influyen y son afectadas por un entorno educativo. Si se trata de una escuela, ésta se forma por los alumnos, ex-alumnos, docentes, directivos, padres, benefactores de la escuela y vecinos. Se encarga de promover actividades que lleven al mejoramiento de la calidad de la educación y lograr el bienestar de los estudiantes. Busca no solo impartir instrucción sino la educación integral, se caracteriza por estar abierta al cambio, ya que se encuentra en constante desarrollo. Es el colectivo de elementos personales que intervienen en un proyecto educativo; más concretamente, profesores y alumnos como elementos primarios, y los padres, como elementos muy directamente interesados.
6.1.    Está definida en la Ley Orgánica de Educación, en su artículo 20 como un espacio democrático, organizado y solidario que actúa en la educación ciudadana.
·         Conformada por padres y representantes, estudiantes, docentes, todos los trabajadores de las instituciones educativas y los demás que tengan vinculación con dichas instituciones, desde la educación inicial hasta la media general y media técnica.
Se regirán por normativa legal.

7.     Sistema educativo

El Sistema educativo, según el artículo 24 de la Ley Orgánica de Educación, es un conjunto orgánico conformado por subsistemas, niveles y modalidades que garantiza el proceso educativo y la educación permanente, mediante la integración de políticas, planteles, servicios y comunidades. Y se organiza de la siguiente manera:
7.1.     SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN BÁSICA, integrado por los siguiente niveles:
a.            Educación Inicial, destinada a los niños entre cero y seis años, comprende las siguientes etapas:
·                  Etapa maternal: destinada a infantes entre cero y tres años.
·                  Etapa preescolar: destinada a niños entre tres y seis años.
b.           Educación primaria, comprende 6 años. Conduce a la obtención del certificado de educación primaria.
c.            Educación media comprende dos opciones:
·                  Educación media general, con duración de cinco años, de primero a quinto año.
·                  Educación media técnica, con duración de seis años, de primero a sexto año.
Ambas opciones conducen a la obtención del título correspondiente.
7.2.    Subsistema de educación universitaria, integrado por los siguiente niveles:
a.            Pregrado universitario. No constituye un nivel obligatorio del Sistema educativo. Se desarrolla en Institutos Técnicos Superiores, Universidades Nacionales. En este nivel se forman técnicos superiores y profesionales en distintas áreas. Tiene una duración entre tres y cinco años.
b.           Postgrado universitario. Se imparte en Institutos Superiores y Universidades Nacionales. Único requisito contar con un título universitario afín. Puede tener tres niveles:
·                  Especialista
·                  Magister
·                  Doctorado
       Tendrá una duración de uno, dos o cuatro años, según el caso.
Las condiciones y características de este subsistema está regido por la Ley de Universidades (Gaceta Oficial No.1429, Extraordinario, del 8 de septiembre de 1970).
7.3.    Modalidades del Sistema Educativo, son variantes educativas para la atención de personas que por sus características específicas requieren de adaptaciones curriculares en los diferentes niveles educativos. Esas modalidades son:
a.            Educación especial: aquella destinada a alumnos con necesidades educativas especiales debidas a superdotación intelectual o bien a discapacidades psíquicas, físicas o sensoriales. La educación especial en sentido amplio comprende todas aquellas actuaciones encaminadas a compensar dichas necesidades, ya sea en centros ordinarios o específicos. Se plantea la incorporación del educando a la sociedad.
b.           Educación de jóvenes y adultos: es el tipo de educación orientada a jóvenes y adultos, a partir de los quince años, en particular a quienes completaron o abandonaron la educación formal. Se fundamenta en el criterio de formación permanente y continuada, a través de la cual cualquier persona se inserta en un proceso de aprendizaje y reciclaje de los conocimientos a lo largo de su vida. Las actividades correspondientes podrán desarrollarse en días no laborables y en cualquier horario, previa autorización.
c.            Educación en fronteras: está orientada a las personas que habitan en la frontera venezolana para propiciar la soberanía e identidad nacional, la defensa de la nación, la cultura de paz y amistad entre pueblos vecinos.
d.           Educación rural:  está orientada a las personas que habitan en el campo venezolano para propiciar la identidad local, arraigo a su hábitat desarrollando destrezas de acuerdo a su comunidad. El Estado garantiza la articulación entre campo y ciudad.
e.           Educación para las artes: tiene como objetivo proteger el patrimonio artístico venezolano y desarrollar en los educandos habilidades para la valoración estética de las distintas manifestaciones del arte.
f.             Educación Militar: su objetivo es el proceso de formación de los integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, sustentado en los valores superiores del Estado.
g.            Educación intercultural y bilingüe: es obligatoria en los planteles ubicados en regiones con población indígena, hasta el subsistema de educación básica. Esta educación se basa en los fundamentos de las culturas indígenas, valorando su idioma, conocimientos y organización social.

8.     El continuo humano

Es una concepción de la educación, derivado tanto de las ideas  de Simón Rodríguez como de Simón Bolívar, en la que de manera global e incluyente se interrelacionan una serie de aspectos que van produciendo el hecho educativo, así tenemos:


                                                                                 
Podemos decir que el Continuo Humano, es un concepto que refiere la capacidad del hombre de “aprender a aprender” en un proceso constante durante toda su vida.

El desarrollo humano es un proceso continuo inherente a cada persona, así como la educación, conducentes ambos a lograr en la persona las características para alcanzar sus opciones en todas las esferas de su entorno social, emocional, político y económico para crear y recrear la expansión progresiva de las capacidades humanas y su aprovechamiento. Un hombre o una mujer durante toda su vida va alcanzando niveles de desarrollo y de educación con la edad, de manera progresiva se van logrando capacidades y opciones esenciales que permiten participar en la sociedad y contribuir a su transformación como una sociedad más justa.

El aprendizaje está ligado a las experiencias vitales y las necesidades de las personas, a su contexto histórico – social e individual – cultural concreto.
El Modelo Educativo Bolivariano considera a la educación como un elemento trascendental para la formación del ciudadano. Para lograr este cometido la educación debe ir a la par del desarrollo humano que parte desde la gestación hasta la vejez.

9.     Desarrollo endógeno

Es un modelo de desarrollo que busca potenciar las capacidades internas de una región o comunidad para fortalecer la sociedad y su economía de adentro hacia afuera, para que sea sustentable y sostenible en el tiempo. Es importante señalar que en el desarrollo endógeno es importante el desarrollo integral del colectivo y del individuo.
En una organización de este tipo existen recursos humanos idóneos en alguna rama del conocimiento y están dispuestos a poner ese conocimiento al alcance de los otros miembros de la organización, con el propósito de la transferencia tecnológica voluntaria para el crecimiento de todos. Esto redunda en el fortalecimiento, amplitud, integración y desarrollo de las capacidades individuales y en consecuencia la formación natural de equipos multidisciplinarios de trabajo que cooperan para el desarrollo armónico de la organización en un ambiente sistémico, simbiótico y sinérgico.
Desarrollo endógeno aparece nueve veces en la Ley Orgánica de Educación, tres de ellas en el artículo 15 que trata de los fines de la educación.

10.           Las Misiones

Son programas sociales implementadas por el gobierno venezolano.
Las misiones se subdividen en tres grandes grupos:
10.1           Las educativas: que van desde instruir analfabetas (Misión Robinson), dar educación básica (Misión Ribas) y preparar a los beneficiados a estudios universitarios (Misión Sucre), por lo tanto una misión educativa puede depender de otra.

10.2           El segundo grupo sería en el aspecto alimentario y servicios básicos, que van desde dotar las zonas pobres de ambulatorios eficaces y otros servicios médicos asistenciales (Misión Barrio Adentro), la construcción de vivienda cuya escasez es crónica en el país (Misión Hábitat), y posiblemente la más ambiciosa, la que permite la mejor distribución y almacenamiento de alimentos además de bajos y mejores precios por medio de mercados y supermercados (Misión Mercal).


10.3            Misiones misceláneas que incluye la mejora de las condiciones de las etnias minoritarias y marginadas (Misión Guaicaipuro), agilización del trámite de los documentos de identidad del ciudadano común, cuya deficiencia había sido crónica en el país desde hace muchos años (Misión Identidad), la promoción de las actividades agrarias, que resultan fundamentales en un país demasiado urbanizado (Vuelta al campo).

10.4            Listado de Misiones:
·         Misión Barrio Adentro está dividido en cuatro fases a su vez: acceso a los servicios de salud
·         Misión Guaicaipuro restituir los derechos de los Pueblos Indígenas
·         Misión Hábitat: la construcción de vivienda
·         Misión Identidad: agilización del trámite de los documentos de identidad
·         Misión Cultura: involucra la educación superior, el desarrollo político, comunitario y cultural
·         Misión Mercal: mercadeo y comercialización de productos alimenticios
·         Misión Miranda: controlar y re-entrenar a la Reserva de la FAN
·         Misión Piar: dignificar la calidad de vida de los pequeños mineros
·         Misión Robinson I: alfabetización y II: Educación básica.
·         Misión Ribas : bachillerato
·         Misión Sucre : acceso a la educación universitaria
·         Misión Vuelta al Campo: promoción de las actividades agrarias
·         Misión Vuelvan Caras: producción de bienes y servicios
·         Misión Milagro: Operación de afecciones de la vista
·         Misión Sonrisa: rehabilitación protésica dental de los pacientes
·         Misión Ciencia: incorporación masiva de actores sociales con la utilización intensiva del conocimiento
·         Misión Negra Hipólita, atiende, a menores y adultos que viven en las calles o están presos.
·         Misión Caricuao
·         Gran Misión Agro Venezuela
·         Misión Amor Mayor: proteger a las personas adultas mayores
·         Misión Hijos de Venezuela: ayuda económica de 430 bolívares por hijo para aquellas madres cuyos ingresos mensuales sean menores al de un salario mínimo
·         Gran Misión Saber y Trabajo: incorporación de desempleados al trabajo productivo
·         Gran Misión Vivienda Venezuela: construir 3 millones de viviendas, al 2019

11.           Escuelas y liceos bolivarianos. Escuelas técnicas robinsonianas


11.1. ESCUELAS BOLIVARIANAS: la idea central es prolongar la jornada escolar para brindar una atención integral que complete el currículo con actividades culturales y deportivas y atendiendo necesidades nutricionales y de salud de los estudiantes de los dos primeros niveles del subsistema de educación básica: hasta sexto grado.
Principios:
·         Transformadora de la sociedad.
·         Democrática
·         De la comunidad
·         De atención integral
·         De renovación pedagógica
·         Incluyente
Es un espacio para:
·         Formación integral: que permita la culminación del ciclo escolar.
·         Innovaciones pedagógicas: discusión curricular escuela – familia – comunidad.
·         Quehacer comunitario: vinculación con la comunidad, a la que sirve.
·         Salud y Vida: protección de la salud, la recreación y el deporte.
·         Producción y productividad: educación en el trabajo de producción.
·         Cultura y creatividad: desarrollo de la salud física y mental y la cratividad
·         Comunicación alternativa: poder de comunicación.
·         TIC´s: democratizar la información. Centros bolivarianos de información y telemática.
·         Paz: valores de tolerancia y solidaridad.
11.2. LICEOS BOLIVARIANOS: completa la educación bolivariana en la adolescencia y juventud. Tienen como finalidad:
·           Formar
o   identidad venezolana,
o    pensamiento crítico y
o    disposición a la solución de problemas.
·           Formación de ciudadanos que consideren el trabajo como compromiso social.
Presentan las siguientes características:
·         Propiciar la permanencia en el Subsistema educativo.
·         Reincorporar a los adolescentes y jóvenes excluidos.
·         Formar para el ser social.
·         Propiciar la controversia para formar un ser conocedor y comprometido.
·         Promover la concepción integral del ambiente.
·         Formar para el desarrollo endógeno.
·         Integración de las áreas de aprendizaje para transformar la realidad.
·         Ofrecer los avances de la tecnología. Centros bolivarianos de información y telemática.
11.3. ESCUELAS TÉCNICAS ROBINSONIANAS. Es el nivel del sistema educativo que comprende seis años de estudios, basados en el aprendizaje por proyecto, dirigido a jóvenes  y adultos orientados a la formación para el trabajo productivo permitiendo al egresado incorporarse al campo ocupacional y proseguir sus estudios a nivel superior.

Características Esenciales:

·         Aprendizaje por Proyectos según necesidades de los estudiantes. 
·          El estudiante es protagonista y corresponsable del proceso de formación educativa
·         El currículo está centrado en una visión humanista orientado en el continuo humano.
·         Aprendizajes inmersos en la actividad y proceso
·         pedagogía activa-critica.
·         Red de cooperación entre las Escuelas técnicas robinsonianas.

 

Perfil del Egresado

1.       Permanente: persona capaz de valorarse a sí mismo y a la comunidad.
2.       Dinámico: perfil de: investigadores, participantes, innovadores.
3.       Situacional: conjunto de competencias que servirán en su labor profesional.
4.       Ocupacional: Grupo en la cual se halla formado el estudiante y por las ocupaciones donde obtenga certificación de competencia.